La Superintendencia Financiera a través de la Resolución 0064 del 29 de enero del 2021, dio a conocer la información para el cálculo de la tasa de interés moratorio aplicable en el mes de Febrero del 2021 para efectos tributarios.
Los contadores públicos y las entidades que presten servicios propios de la ciencia contable a los cuales se les haya expedido la tarjeta profesional o tarjeta de registro, según sea el caso, deberán actualizar sus datos registrados ante la Junta Central de Contadores (JCC), de forma anual y antes del 1º de marzo de cada año, a través de la página web http://www.jcc.gov.co. Lo anterior según lo dispuesto en la Resolución 973 del 2015.
Recordemos que los pagos originados en la relación laboral o legal y reglamentaria corresponde a sueldos, horas extras, recargo nocturno, recargo dominical, porcentaje sobre ventas, sobresueldos, comisiones, bonificaciones ocasionales y extralegales, vacaciones, primas extralegales, etc. (Código Sustantivo del Trabajo, arts. 127 y 128).
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