Con la Circular 022 del 8 de marzo de 2021 el Ministerio del Trabajo, manifestó que está prohibido exigir a los trabajadores pruebas de covid-19 y a las personas que aspiran a un empleo. La cartera deja claro que no puede considerarse una prueba o examen médico como un requisito para contratar o mantener un empleo.
Si por motivos de seguridad y salud es necesario realizar estas pruebas, la entidad explica que es posible que un empleador remita a un trabajador ante el personal idóneo para que efectúe un test o prueba, esto en razón a que se tiene la obligación de identificar las condiciones de salud de sus trabajadores e implementar acciones que permitan garantizar la continuidad de las actividades y la protección integral de los trabajadores. Sin embargo, el resultado de ese examen no debe constituir razón que afecte negativamente la relación laboral, sino que debe instar al empleador a tomar las medidas de protección y apoyo para evitar cualquier forma de discriminación. Finalmente, agregó que este tipo de pruebas tampoco pueden ser utilizadas como una forma de discriminación o vulneración de derechos fundamentales de los trabajadores.
Fuente: comunidad contable