Mediante la Resolución 0070 de 2019, la DIAN definió el grupo de obligados a suministrar información tributaria (información exógena tributaria) por el año gravable 2020. En la norma se señaló el contenido, características técnicas para la presentación y se fijaron los plazos para la entrega. Por ejemplo, para grandes contribuyentes, según el último dígito del NIT, el plazo va del 27 de abril al 10 de mayo del 2021, para las personas jurídicas y naturales, el plazo va desde el 11 de mayo hasta el 9 de junio del 2021.
Mediante un comunicado, la alcaldesa de Bogotá, señaló que debido a los impactos ocasionados por el Covid-19 y atendiendo la fuerte afectación ocasionada en la economía por el segundo pico de la pandemia y las medidas requeridas para afrontar dicha emergencia sanitaria, el Distrito modificó el calendario tributario establecido para la vigencia 2021.
Con la *Resolución DDI-000396 del 18 de marzo de 2021, la por la cual la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, estableció las personas naturales, jurídicas, consorcios, uniones temporales y/o sociedades de hecho, y el contenido y las características de la información que aquellas deben suministrar por concepto de información endógena y exógena por el año 2020 a reportar en 2021, deroga la Resolución DDI-000392 de 12 de marzo de 2021.
Mediante Circular Externa No. 28 del 11 de marzo de 2021, dirigida a los Representantes Legales, Miembros de los Órganos de Administración y Control de las Cooperativas de Ahorro y Crédito y Cooperativas Multiactivas e Integrales con Sección de Ahorro y Crédito, la Superintendencia de la Economía Solidaria modifica la Circular Externa No. 23 de 2020 sobre Balance Social y el Beneficio Solidario.
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