La Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) publicó su Resolución No. 532 del 22 de mayo de 2024, con la cual determina el esquema de presunción de costos de los trabajadores independientes atendiendo a su actividad económica.
La Ley 2277 de 2022 (reforma tributaria) estableció que para determinar el ingreso base de cotización (IBC) de los trabajadores independientes con contratos diferentes de la prestación de servicios personales o aquellos que implican subcontratación y/o compra de insumos o gastos, la UGPP deberá definir un esquema de presunción de costos basado en datos tributarios, estadísticos y macroeconómicos. Así bien, la UGPP determinó dicho esquema para:
- Las actividades económicas clasificadas en el código de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU) versión 4 adaptada para Colombia.
- Los trabajadores independientes por cuenta propia cuya actividad económica sea el transporte público automotor de carga por carretera.
Por último, la UGPP aclaró que los trabajadores independientes podrán, por los ingresos generados de sus actividades económicas, establecer un porcentaje de costos diferente a los establecidos en la presente resolución, siempre y cuando cuenten con los documentos que los soporten, sin exceder los valores incluidos en la declaración del impuesto de renta.
Redacción INCP
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