SUPERSOLIDARIA

Les comunicamos que, de acuerdo con la Circular Externa No. 72 emitida por la Superintendencia de la Economía Solidaria el 23 de diciembre de 2024, se ha dispuesto la suspensión temporal del cronograma establecido en el Anexo 2 del Título V de la Circular Externa 20 de 2020, en:

PRIMERA: SUSPENDER, durante el año 2025, la disminución de los topes del reporte de transacciones en efectivo establecidos en el Anexo 2, titulado “Reporte de transacciones de clientes de las organizaciones vigiladas por la Superintendencia de la Economía Solidaria”, conforme a lo dispuesto en el “Cronograma de implementación de los nuevos anexos técnicos de la Circular Básica Jurídica (CBJ)”.

 SEGUNDO: Mantener durante el año 2025, los montos establecidos en el cronograma de implementación de los nuevos anexos técnicos de la Circular Básica Jurídica para el año 2024, para el anexo 2 Reporte de transacciones de clientes de las organizaciones vigiladas por la Superintendencia de la Economía Solidaria es decir: transacciones individuales iguales o superiores a cinco millones de pesos ($5.000.000) y transacciones múltiples que, en su conjunto, igualen o superen los treinta millones de pesos ($30.000.000).

TERCERO: Conforme con lo previsto en el inciso primero del artículo 65 de la Ley 1437 de 2011, la presente Circular rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

  • La Superintendencia de la Economía Solidaria les invita a registrarse en el nuevo cargador de datos, disponible desde el 5 de diciembre de 2024 hasta el 30 de enero de 2025.  Este registro es esencial para poder cargar el formulario oficial de rendición de cuentas correspondiente al periodo de diciembre de 2024.

Recuerden. Realizar el registro a tiempo es clave para evitar cogestiones en el proceso.

  • Bogotá, 04 de diciembre del 2024. Esta Superintendencia se permite informar que: SE SUSPENDE PARA 2024 EL REPORTE DE PROYECCIONES FINANCIERAS
     

Lo anterior, en razón a que la herramienta de captura no está disponible para el reporte dado que está en proceso de calibración y actualización.
Al respecto es importante recordar que esta Superintendencia en ejercicio de sus facultades conferidas en la Ley 454 de 1998 y bajo el enfoque prospectivo del modelo de supervisión, en 2022 puso a disposición de las cooperativas de ahorro y crédito de mayor tamaño una herramienta de captura de proyecciones financieras, buscando promover la cultura de identificación oportuna de riesgos de las organizaciones ante cambios repentinos en el entorno económico, para que los órganos de administración pudieran estimar la resistencia y sostenibilidad de su solidez y liquidez ante la presencia de dicho cambios.
Para tal efecto, las organizaciones obligadas a efectuar dicho reporte recibieron la instrucción de reportar a partir del año 2023, las proyecciones financieras, antes del último día hábil del mes de noviembre de cada año, tomando como base de proyección el corte de septiembre.
No obstante en la actualidad, por los ajustes que se están realizando a la herramienta, no está disponible para el reporte.
Así mismo, se informa que esta Superintendencia está evaluando el tipo de organización y segmento obligado a realizar el reporte de las proyecciones financieras para los próximos años, situación que se dará a conocer mediante acto administrativo.

Finalmente, se invita a las organizaciones a realizar ejercicios internos de proyecciones financieras, mediante metodologías y parámetros propios, ajustados a su naturaleza, tamaño y sus modelos de negocio, como una buena práctica de gestión preventiva que permite fortalecer los planes de contingencia y establecer medidas tempranas para contrarrestar los riesgos a los que se puedan ver expuestas.

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