TASA DE INTERÉS MORATORIO PARA EFECTOS FISCALES PARA EL MES DE FEBRERO DE 2025

La Superintendencia Financiera a través de la Resolución 0138 del 30 de enero de 2025, dio a conocer la información para el cálculo de la tasa de interés moratorio aplicable en el mes de Febrero de 2025 para efectos tributarios.

La resolución determina que el interés bancario corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, es del 17,53%.

Según el artículo 635 del Estatuto Tributario el interés remuneratorio y moratorio (17,53%) no podrá exceder 1,5 veces el porcentaje ya mencionado (es decir 26,30%) menos dos puntos porcentuales, para un resultado de 24,30% efectivo anual.
Por lo anterior, la tasa de interés moratorio aplicable en el mes de Febrero de 2025 para efectos tributarios, corresponde a 24,30% efectivo anual.

                                                                                                               Fuente: Legis Comunidad Contable

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