DIAN anuncia cambios en el formulario de la declaración de IVA, el impuesto al Catatumbo y timbre

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) publicó un comunicado de prensa en el que informa la forma de declarar los impuestos decretados por el estado de conmoción interior.
En este contexto, la entidad realizó ajustes en el diligenciamiento de los formularios tributarios con el fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas del Decreto No. 0175 de 2025, el cual establece medidas tributarias con vigencia hasta el 31 de diciembre del mismo año.
Entre los cambios implementados, se destacan:
• En relación con el IVA en juegos de suerte y azar, se incorporó una nueva casilla en Formulario No. 300 para diferenciar los ingresos según el origen “Por juegos de suerte y azar”.
• Para reflejar las retenciones de IVA en juegos operados desde el exterior, se crearon casillas adicionales en el Formulario No. 350.
• El Impuesto Especial para el Catatumbo, aplicable a la primera venta o exportación de hidrocarburos y carbón, se identificará en los Formularios No. 490 y No. 690 bajo los conceptos de pago correspondientes.
• La modificación temporal del Impuesto de Timbre incluye la creación de nuevas casillas en el Formulario No. 350 para diferenciar las retenciones aplicadas


Redacción INCP

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