DIAN modificó las reglas para ser autorizado como autorretenedor del impuesto sobre la renta

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, mediante la Resolución 000211 del 15 de mayo de 2025* modificó los requisitos para ser autorretenedor del impuesto sobre la renta. 

De esta resolución se destaca:

-) Respecto del requisito:

Anteriormente, tener pérdidas fiscales en los tres años previos impedía ser autorretenedor.  Ahora, esto es posible si las pérdidas se deben a la aplicación de beneficios tributarios y el contribuyente presenta una certificación del revisor fiscal o contador público que detalle el beneficio, el monto y la norma que lo soporta.

-) Respecto de la causal de suspensión de la autorización para actuar como autorretenedor:

Las pérdidas fiscales resultantes de beneficios tributarios ya no serán motivo para suspender la autorización como autorretenedor. Se requiere una certificación del revisor fiscal o contador que indique cual fue el beneficio tributario aplicado, el monto y la norma que lo justifica.

Fuente: Legis comunidad contable

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