La Secretaría de Hacienda Distrital (SHD) aclaró, por medio del Memorando 220010-60 de 2025, que el Decreto 572 de 2025* por el cual se modificaron las tarifas de autorretenciones y bases mínimas de retención en la fuente para los contribuyentes del impuesto de renta a nivel nacional, no es aplicable al sistema de retenciones de los impuestos de distrito.
Esta precisión surgió luego de las inquietudes generadas alrededor del mencionado decreto, pues no era claro si este afectaría las reglas vigentes para la retención a título del impuesto de industria y comercio en Bogotá. A lo cual, la SHD indicó que la norma que establece las bases mínimas de retención sigue siendo el artículo 8º del Decreto Distrital 271 de 2002**.
Fuente INCP