UPME ACTUALIZA LISTAS DE BIENES Y SERVICIOS CON BENEFICIOS DE INCENTIVOS TRIBUTARIOS

Por medio de la Resolución 000736 de 2025*, La Unidad de Planeación Minero-Energética (UPME), modificó los anexos 1, 2 y 3 de la Resolución 000135 de 2025** para adicionar bienes y servicios que pueden acceder a los incentivos tributarios previstos en el capítulo III de la Ley 1715 de 2014*** y relacionados a proyectos de Fuentes No Convencionales de Energía (FNCE), Gestión Eficiente de Energía (GEE) e hidrógeno.

Entre los principales bienes y servicios adicionados, se encuentran:

  • Anexo 1: se incluyen remolques y semirremolques como bienes susceptibles de incentivo en proyectos con FNCE.
  • Anexo 2: se incluyen torres de enfriamiento, sistemas de almacenamiento de energía térmica, rieles de rodadura en acero de uso exclusivo para sistemas férreos eléctricos, bombas centrífugas, variadores de velocidad y bombas de calor. También se incluyen autopartes y servicios vinculados a la fabricación nacional de buses.
  • Anexo 3: se incluyen “Estudios Ambientales” como servicio elegible en proyectos de hidrógeno.

Estos bienes y servicios adquiridos en el marco de proyectos de FNCE podrán acceder a los beneficios tributarios establecidos en los artículos 11, 12, 13 y 14 de la Ley 1715 de 2014:

  • Deducción en la declaración de renta hasta del 50 % del valor de inversión por un período máximo de 15 años.
  •  Exclusión del IVA.
  • Exención de aranceles en la importación de bienes que no se produzcan en el país.
  • Depreciación acelerada

Redacción INCP

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