La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) informó que las medidas tributarias adoptadas en el Decreto 175 de 2025[1], expedido durante el Estado de Conmoción Interior en la región del Catatumbo, continúan vigentes hasta el 31 de diciembre del presente año.
Aunque el Decreto 467 de 2025[2] levantó el estado de conmoción interior y prorrogó otras disposiciones emitidas en ese contexto, no fue necesario extender la vigencia del Decreto 175, ya que su artículo 10 establece expresamente que las medidas tributarias allí contenidas rigen hasta el final del año fiscal 2025.
Redacción INCP