El Ministerio del Trabajo (MinTrabajo) expidió el Decreto 0514 de 2025*, mediante el cual se reglamentan y compilan las normas del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común (en adelante, Sistema), conforme a lo establecido en la reforma pensional (Ley 2381 de 2024**).
Puntualmente, se organiza el régimen institucional y reglamentario del Sistema, estableciendo su estructura, órganos de coordinación y disposiciones operativas. Entre los principales aspectos reglamentados se encuentran:
- Definición de la estructura del sector trabajo respecto al Sistema, reconociendo al MinTrabajo como cabeza del sector y ratificando la integración de los Fondos de Solidaridad Pensional y del Fondo de Pensiones Públicas del Nivel Nacional dentro de esta estructura.
- Creación de dos órganos claves:
- El Consejo Nacional de Protección Social Integral para la Vejez, encargado de asesorar al Gobierno Nacional y conformado por representantes de entidades del Estado y de la sociedad civil. Su integración garantizará un mínimo del 40 % de participación femenina.
- La Comisión Técnica de Protección Social Integral para la Vejez, responsable de coordinar la formulación de políticas, emitir recomendaciones sobre ajustes al sistema (tales como semanas cotizadas o tasa de reemplazo), y evaluar su sostenibilidad. Además, deberá entregar cada cuatro años un informe al Presidente de la Nación y al Congreso con recomendaciones sobre criterios técnicos y financieros del sistema.
Ambos órganos deberán reunirse periódicamente y tendrán funciones de articulación institucional, seguimiento técnico y evaluación de impacto.
- Establecimiento del régimen reglamentario del Sistema, detallando sus objetivos, principios rectores y componentes normativos.
Para más detalles, consulte la norma completa a continuación.
Ver: Decreto 0514 de 2025 – reglamentario de la reforma pensional – MinTrabajo
*”Por el cual se reglamenta y compilan las normas del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común, contemplado en la Ley 2381 de 2024 y se dictan otras disposiciones”.
**”Por medio de la cual se establece el sistema de protección social integral para la vejez, invalidez y muerte de origen común, y se dictan otras disposiciones”.