Los obligados ahora tendrán plazo para hacer el reporte entre el 27 de octubre y el 10 de noviembre del 2025
La Secretaría Distrital de Hacienda modificó el artículo 20 de la Resolución DDI-012726/25 y determinó que la entrega de información exógena deberá realizarse atendiendo el último dígito del número de identificación, en las siguientes fechas:
| Ultimo dígito de identificación | Fecha de entrega de la información |
| 0 | 27 de octubre del 2025 |
| 1 | 28 de octubre del 2025 |
| 2 | 29 de octubre del 2025 |
| 3 | 30 de octubre del 2025 |
| 4 | 31 de octubre del 2025 |
| 5 | 4 de noviembre del 2025 |
| 6 | 5 de noviembre del 2025 |
| 7 | 6 de noviembre del 2025 |
| 8 | 7 de noviembre de 2025 |
| 9 | 10 de noviembre de 2025 |
Dos aspectos a tener en cuenta:
- La Secretaría Distrital de Hacienda anunció que desde el 1º de septiembre estará disponible la nueva Plataforma de Información Digital Online (PIDO), un sistema diseñado para el cargue, validación y envío de información exógena. A partir de esa fecha, los obligados deberán hacerlo exclusivamente por dicho medio, permitiendo verificar en tiempo real la información. Los usuarios podrán preparar sus archivos en hojas de cálculo o archivos planos, enviarlos con la extensión .STR y obtener de inmediato la certificación del reporte. (Lea: Nueva plataforma operará desde septiembre para reporte de información exógena)
- Las personas y entidades obligadas a enviar este reporte que no suministren la información dentro del plazo establecido o cuyo contenido presente errores o no corresponda a lo solicitado incurrirán en las sanciones establecidas en el artículo 24 del Acuerdo 27/01 (modificado por el artículo 9° del Acuerdo 756/19) o en el artículo 651 del Estatuto Tributario.
Fuente: Legis ámbito Jurídico
