REFORMA LABORAL REDEFINIÓ LAS MODALIDADES DE TELETRABAJO EN COLOMBIA
La reforma laboral (Ley 2466 de 2025*), expedida el 25 de junio, introdujo cambios significativos en la regulación del teletrabajo, con el objetivo de adaptar esta modalidad a las dinámicas híbridas, digitales y transnacionales que caracterizan el mundo laboral actual. Para ello, por medio del artículo 52 modificó el artículo 2 de la Ley 1221 de 2008** para ampliar las definiciones y formas de teletrabajo en el país.
De acuerdo con la nueva Ley, el teletrabajo es una modalidad laboral que se desarrolla en el marco de un contrato de trabajo o relación laboral dependiente, en la cual las actividades remuneradas se realizan a través de tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC), sin que sea necesaria la presencia física del trabajador en un lugar específico.
De la misma manera la Ley establece cinco modalidades de teletrabajo:
- Teletrabajo autónomo: el trabajador desempeña sus funciones desde un lugar elegido por él, usando herramientas tecnológicas, sin necesidad de acudir de manera habitual a la empresa.
- Teletrabajo móvil: no existe un sitio fijo de trabajo; el trabajador presta sus servicios en movimiento, mediante dispositivos móviles y conexión a internet, común en labores comerciales, logísticas o de supervisión.
- Teletrabajo híbrido: reemplaza la figura denominada “suplementario”. Combina jornadas presenciales en la empresa con jornadas remotas en el hogar u otro lugar habilitado, respondiendo a una de las modalidades más demandadas hoy.
- Teletrabajo transnacional: esta es una modalidad. Permite que un contrato laboral celebrado en el país sea ejecutado desde otro país. Su regulación contempla aspectos migratorios, de seguridad social y la aplicación de la legislación colombiana.
- Teletrabajo temporal o emergente: esta nueva modalidad habilita trasladar al teletrabajo de manera excepcional y por un tiempo definido a trabajadores que normalmente cumplen funciones presenciales, en casos de emergencias sanitarias, desastres naturales o cierres de instalaciones.
Con esta actualización, el Gobierno Nacional busca ofrecer un marco legal más flexible y acorde con las transformaciones del empleo, asegurando la protección laboral y la continuidad productiva en escenarios cada vez más diversos y globalizados.
Redacción INCP
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