Tasa de usura para diciembre será de 25,02 %

El IBC para el mes de diciembre del 2025 será del 16,68 % efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

La Superintendencia Financiera mediante la expedición de la Resolución 2134 de 2025, certificó las tasas de interés bancario corriente (IBC) para las diferentes modalidades de crédito que regirán entre el 1 y el 31 de diciembre del 2025. La medida se adopta en cumplimiento del Código de Comercio y del Decreto 2555 del 2010, modificado por el Decreto 455 del 2023, con base en la información suministrada por los establecimientos de crédito y otras fuentes de mercado.

Para los créditos de consumo y ordinario, la tasa fue fijada en 16,68 % efectivo anual (E. A.), mientras que para el crédito de consumo de bajo monto se estableció en 45,16 % E. A.  En el caso de los créditos productivos de mayor monto, la certificación determinó una tasa del 27,32 % E. A. Estas disposiciones buscan dar claridad a los actores financieros sobre los intereses aplicables en cada modalidad.

En cuanto a los créditos con enfoque productivo, la superintendencia fijó el IBC en 18,62 % E. A. para el crédito productivo rural y en 38,85 % E. A. para el productivo urbano. Adicionalmente, el interés para el crédito popular productivo rural se ubicó en 49,58 % E. A., mientras que el crédito popular productivo urbano alcanzó el nivel más alto con 59,94 % E. A..

Finalmente, la Superfinanciera certificó la tasa de usura para crédito de consumo y ordinario para diciembre del 2025 en 25,02 %.

Redacción Legis ámbito Jurídico

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