La medida se refiere específicamente a los afiliados que no han consolidado su derecho pensional. cual se ordenó el traslado de recursos pensionales desde fondos privados hacia Colpensiones.
Esta decisión se centra en el artículo 2 del decreto, que regulaba el traslado de recursos de afiliados que aún no han consolidado su derecho pensional. La suspensión busca evitar efectos mientras se analiza el caso y se evita que los fondos privados se liquiden de manera apresurada. La decisión fue adoptada bajo trámite de urgencia y sin notificación previa al Gobierno, debido a la inminencia de una eventual sentencia futura.
Según la providencia, el alto tribunal concluyó que, tras una revisión inicial, hay razones suficientes para frenar ese apartado mientras se estudia el caso de fondo. En el documento se lee que “de la simple confrontación normativa (…) se observa, de manera preliminar, que el acto acusado (…) debe ser suspendido provisionalmente.
La suspensión no tumba todo el decreto, pero sí bloquea el componente que regulaba el traslado de recursos de afiliados que aún no han consolidado su derecho pensional. Es decir, personas que todavía no cumplen todos los requisitos para pensionarse.
La decisión responde a una demanda presentada por el abogado experto temas laborales y de seguridad social en Medellín, Jesús Hernando Baena Álvarez, en medio de un contexto de críticas y acciones judiciales contra la medida. Como se había conocido, los fondos privados también acudieron al Consejo de Estado para pedir la suspensión del decreto completo.
Fuente: Infobae

Add a Comment
Debes estar conectado para publicar un comentario